Las facultades y atribuciones de cada área.
Denominación del Área | Denominación de la norma | Fundamento legal | Facultades del área |
Presidencia Municipal | Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo | Art. 59 y 60 | Promulgar y ejecutar los bandos, reglamentos, acuerdos y demás normatividad municipal, aprobados por el Ayuntamiento y todas las facultades que vienen en la ley orgánica |
Sistema DIF Municipal | Bando de Policia y Buen Gobierno para el Municipio de Tasquillo,Hgo y la Ley Organica del Estado de Hidalgo | Bando art. 172 y de la Ley Organica el art. 122 | I. Apoyar el desarrollo integral de la familia y de la comunidad II. Promover el bienestar social y prestar servicios de asistencia social, con el apoyo de los Organismos correspondientes; III. Fomentar la educación, la salud y la integración social IV. Impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez, el desarrollo escolar y las actividades extraescolares V. Administrar y vigilar en al ámbito de su competencia el buen funcionamiento de las COPUSIS Municipales VI. Realizar campañas, pláticas o conferencias enfocadas a la prevención de adicciones, violencia intrafamiliar, alcoholismo, tabaquismo u otros temas de interés social VII. Promover en el Municipio programas de planificación familiar y nutricional VIII. Operar establecimientos de asistencia social, en beneficio de menores en estado de abandono o maltrato, ancianos, personas con capacidades diferentes, mujeres desprotegidas y maltratadas |
Asamblea | Ley Organica Municipal | Art. 69 | I. Vigilar y atender el ramo de la administración municipal que conforme a sus disposiciones reglamentarias, les sea encomendado por el Ayuntamiento II. Vigilar que los actos de la Administración Municipal, se desarrollen en apego a lo dispuesto por las leyes y normas de observancia municipal III. Recibir y analizar los asuntos que les sean sometidos y emitir su voto. |
Contraloría | Ley Organica del Estado Hidalgo | Art, 105, 106 107 | I. Vigilar el cumplimiento de las políticas, programas y demás disposiciones legales y reglamentarias del Ayuntamiento; II. Planear, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal III. Inspeccionar el ejercicio del gasto público municipal en congruencia con el presupuesto de Egresos IV. Implementar las normas de control, fiscalización, contabilidad y auditoría que deben observar las dependencias, órganos, organismos municipales y municipales descentralizados, previa consulta con la Auditoria Superior del Estado y la Secretaría de Contraloría de la Administración Pública Estatal V. Auditar a las diversas dependencias, órganos, organismos municipales y municipales descentralizados que manejen fondos y valores, verificando el destino de los que de manera directa o transferida realice el Municipio a través de los mismos VI. Ejercer la vigilancia y el control del gasto público municipal, procurando el máximo rendimiento de los recursos y el equilibrio presupuestal |
Secretaría Municipal | Ley Organica Municipal | Art. 96,97,98, 99 | I. Tener a su cargo el despacho y dirección de la Secretaría General y el Archivo del Ayuntamiento II. Controlar la correspondencia oficial y dar cuenta de los asuntos al presidente para acordar el trámite y darle seguimiento; III.Estar presente en todas las sesiones del Ayuntamiento con derecho a voz IV.Expedir las copias, credenciales y demás certificaciones y documentos que acuerde el Presidente Municipal V. Con la intervención del Síndico, elaborar el inventario general y registro en libros especiales de los bienes muebles e inmuebles, propiedad del Municipio, |
Tesorería Municipal | Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo | Art. 100,101,102,103, 104 | I. Recaudar, vigilar, administrar, concentrar, custodiar, verificar y situar las contribuciones y toda clase de ingresos municipales, conforme a la Ley de la materia y demás ordenamientos aplicables II. Cuidar que se haga en tiempo y forma oportunos el cobro de los créditos fiscales municipales, con exactitud las liquidaciones, con prontitud el despacho de los asuntos de su competencia, en orden y debida comprobación las cuentas de ingresos y egresos |
Conciliación Municipal | Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo | Ley Organica Art. 162 | I. Conciliar a los habitantes de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de responsabilidades de los servidores públicos, ni de la competencia de los órganos jurisdiccionales o de otras autoridades II. Conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas que procedan por faltas e infracciones al Bando Municipal, Reglamentos y demás disposiciones de carácter general expedidas por los Ayuntamientos, excepto los de carácter fiscal III. Dar a conocer a las autoridades competentes los hechos y poner a disposición a las personas que aparezcan involucradas, en los casos en que existan indicios de que éstos sean delictuosos |
Seguridad Pública y Transito Municipal | Ley general del sistema nacional de seguridad pública.Código Nacional de Procedimientos Penales.Ley General de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo. Bando de Policia y Buen Gobierno |
Art 21 Art. 221, 222, 224, 227, 228, 229, 239, 240 Art 26 Toda la Ley |
I. Preservar la seguridad de las personas, de sus bienes y la tranquilidad de éstas y hacer cumplir la normatividad en materia de Policía y Tránsito II. Organizar la fuerza pública municipal, con el objeto de eficientizar los servicios de policía preventiva y tránsito, especialmente en los días, eventos y lugares que requieran mayor vigilancia y auxilio III. Rendir diariamente al Presidente Municipal un parte de policía y de los accidentes de tránsito, de daños y lesiones originadas, así como de las personas detenidas e indicar la hora exacta de la detención y la naturaleza de la infracción IV. Dotar al cuerpo de policía y tránsito de recursos y elementos técnicos que le permitan actuar sobre bases científicas en la prevención y combate de infracciones y delitos |
Protección Civil | Bando de Policia y Buen Gobierno para el Municipio de Tasquillo, Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo, Ley General de protección Cívil, Ley de Protección Cívil del estado de Hidalgo y Reglamento de la Ley de Protección Cívil | Bando de Policia Art. 255,272 y la Ley Organica Art. 127, 128, 129 | I. Elaborar, implementar y ejecutar el Programa Municipal de Protección Civil, así como subprogramas, planes y programas especiales II. Organizar y llevar a cabo acciones de capacitación para la sociedad en materia de protección civil, coadyuvando en la promoción de la cultura de autoprotección y promover lo conducente ante las autoridades del sector educativo III. Ejercer inspección, control y vigilancia en materia de protección civil en los establecimientos del sector público, privado y social para prevenir alguna contingencia |
Unidad Básica de Rehabilitación |
LEY GENERAL DE SALUD, REFIERE A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MEDICA. LA ATENCIÓN MEDICA ES DE PREVENCIÓN, CURATIVAS Y DE REHABILITACIÓN. ESTABLECIMIENTO PARA ATENCIÓN A LA SALUD MENTAL. LA ATENCIÓN MEDICA SERA OTORGADA DE ACUERDO A LOS SERVICIOS. ORIENTACIÓN Y ASESORIA AL PACIENTE. SERVICIO DE NUTRICIÓN PARA EL CONTROL Y REDUCCIÓN DE PESO EN PACIENTES AMBULATORIOS
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Articulo 1 al 7. Artículo 8. Artículo 10. Articulo 16. Articulo 46. Artículo 57. |
Aplicación de mecanismos eficaces para el funcionamiento de la unidad con apego a los lineamientos emitidos por el sistema DIF Y DIF estatal, a travez del CRIH, Atencion a la poblacion en general, difundir cultura en cuestion de discapacidad, canalizar pacientes al CRIH o CRIRH a otras instituciones cuando asi lo requieran, ayudar a la rehabilitacion integral de las personas con discapacidad, determinar el monto y manejar la cuotas de recuperacion establecidas, capacitar al personal para manejar el equipo y mobiliario, reportes mensuales sobre los pacientes atendidos en consulta externa y terapias al CRITH. |
Instituto Municipal de la Mujer |
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Hidalgo, Tratados Internacionales |
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo, Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres art. 1, 6, 16,17,26, 37, 41Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Hidalgo, Tratados Internacionales | I.-Implementar un programa municipal de Participación Equitativa de la Mujer, que considere acciones y presupuestos encaminados a mejorar sus condiciones de vida. Así como darle seguimiento y efectuar evaluaciones periódicas del mismo II. Apoyar las actividades productivas de las mujeres; promoviendo el empleo, gestionando créditos y apoyándoles en los trámites para su funcionamiento que permita a las mujeres contar con recursos para la creación de sus propios proyectos III. Impulsar acciones para la igualdad entre los géneros y promover, fomentar y defender los derechos de las mujeres y las niñas, al acceso pleno e igualitario a los recursos, a su integración a la actividad económica y a su participación en la vida pública y política; IV. Coadyuvar en el Municipio para integrar, acciones a favor de las mujeres. |
Recaudación de Rentas |
Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo. Ley de hacienda para los municipios del Estado de Hidalgo. Codigo fiscal municipal para el Estado de Hidalgo. Ley de ingresos para el municipio de Tasquillo. Hidalgo, correspondiente al ejercicio fiscal 2021. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Art. 104 Toda la ley. Todo el Código. Toda la Ley. Art. 115 |
Recaudar, controlar y supervisar los ingresos por los distintos conceptos establecidos por la Ley de Ingresos Municipal. Aplicar las disposiciones legales de competencia municipal de carácter fiscal, y vigilar que los contribuyentes cumplan con el pago de sus contribuciones Habilitar mediante acuerdo escrito, horas y días inhábiles para la práctica de Actuaciones administrativas y fiscales, o para recibir sus pagos |
Sistema de Agua Potable | Ley de agua y alcantarillado del estado de hidalgo | Arts. 122, 124 y 141. | La planeación, dirección, supervisión y control de las redes de distribución de agua potable. Detectar, solucionar y prever los problemas relacionados con las redes de distribución |
Reglamentos, Espectáculos y Comercio | Bando de Policia y Buen Gobierno para el Municipio de Tasquillo, Ley de ingresos del Municipio de Tasquillo vigente. |
Bando, del Art. Art. 343 hasta el Art.377. Ley de Ingresos Art.18,19,20 y Art. 35 |
I. Vigilar los lugares donde se desarrollen espectáculos o diversiones, no se falte a la moral y las buenas costumbres III. Autorizar las licencias y permisos de funcionamiento. |
Oficialía del Registro del Estado Familiar |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley para la Familia del Estado Libre y soberano de Hidalgo. Ley General de Población. Ley de Servicio Militar Nacional |
Art. 4 y 30. Toda la Ley. Arts. 91, 92,93 y 94. Art. 11, 19 y 34.
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El Registro del Estado Familiar tiene como facultades, atribuciones, obligaciones y derechos para constatar y autorizar, los actos del estado familiar y extender las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, cocubinato, divorcio, tutela, emancipacion y muerte de los mexicanos y extranjeros residentes de la demarcacion mencionada, incribir las ejecutorias que declaren la aucensia, la presuncion de muerte, la de haber perdido la capacidad legal para administrar bienes y las resoluciones definitivas del estado familiar de las personas, las cuales se asentaran en documentos especiales que se denominaran "formas del registro del estado familiar", de las cuales se llevara un duplicado en la direccion del registro del estado familiar. |
Desarrollo Social |
Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo. Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo |
Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo. Art. 56, 57, 71, 108. |
I.- Destinar con base a esta Ley, la Ley de Planeación y el Presupuesto de Egresos del Estado, los recursos necesarios a fin de cubrir las metas en materia de programas sociales, considerando las recomendaciones emitidas por el Consejo a fin de crear, modificar o eliminar programas estatales de acuerdo a las evaluaciones de impacto que se realicen II.- Participar en el Sistema Nacional de Desarrollo Social y coordinar el Sistema Estatal de Desarrollo Social III.- Formular y aplicar políticas sociales en beneficio de las personas, familias y grupos sociales en situación de vulnerabilidad |
COMUDE | Ley de cultura fisica, deporte y recreacion del Estado de Hidalgo | Art. 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 92 | I.-Coordinar y fomentar la enseñanza y práctica del deporte, popular o masivo en el Municipio II. Formular, proponer y ejecutar la política del deporte y la cultura física, acorde a la problemática e infraestructura del Municipio III. Formular el Programa Municipal del Deporte y la Cultura Física, mediante los calendarios que para tal fin se establezcan IV. Promover la creación de ligas municipales en todas las disciplinas deportivas, así como apoyar y fortalecer el funcionamiento de las ya existentes, procurando su incorporación al Sistema Estatal del Deporte, mediante los reglamentos que al efecto se expidan |
Casa de la Cultura |
Ley Organica Municipal para el Estado de Hidalgo. Ley de cultura del estado de hidalgo |
Ley Organica Municipal para el Estado de Hidalgo Art 55. Art. 7-10, art. 15,20,21, 25,26,29,39,41 y 42 |
Cada municipio podrá organizar actos cívicos en las fechas históricas tradicionales y desarrollar eventos o actividades que tiendan a fomentar la educación cívica y la superación cultural de sus habitantes, podrán promover estas actividades alentando la participación social, fomentando la investigación y difusión de las manifestaciones culturales en el Municipio. |
Instituto de la Juventud |
Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo. Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Ley de la Juventud para el Estado de Hidalgo. Manual de Organización del Instituto Hidalguense de la Juventud |
Art. 26, Art 57 (I, II, VII, XXIX). Toda la Ley. Toda la Ley. Toda la Ley. |
I.- Coordinar la elaboración del Programa y proyectos del Instituto II.- Proponer a la Junta de Gobierno, los anteproyectos de Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Convenios en que tome parte el Instituto III.- Promover e impulsar programas de bienestar social para la juventud en el Estad; IV.- Gestionar ante las Autoridades Federales, Estatales y Municipales, los proyectos necesarios a favor de la juventud |
Biblioteca |
Ley General de Bibliotecas. Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo. |
Toda la Ley. Título segundo del gobierno municipal, capítulo cuarto de la acción cívica y cultural, art. 55 bis |
En función del presupuesto destinado al rubro, en las bibliotecas públicas municipales se otorgarán servicios culturales complementarios, mediante la impartición permanente de exposiciones, conferencias, talleres o cursos de geografía, historia, literatura, poesía, música, filosofía, idiomas, fotografía, arte en sus distintas manifestaciones, Así mismo, se establecerá en las bibliotecas municipales un lugar reservado para la información y documentación representativa sobre las leguas y literatura indígena, así como las actividades que garanticen el desarrollo, preservación, conservación de la cultura de los pueblos y comunidades indígenas. |
Obras Públicas |
Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo. Bando de policía y buen gobierno. Ley de Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas para el Estado de Hidalgo. Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial. |
Artículo 117. Art. 255 al 272, 292. Toda la Ley. Toda la Ley. |
I. Estudiar, proyectar y ejecutar las obras públicas municipales II. Clausurar en forma temporal o definitiva todo tipo de construcciones que no hayan obtenido el permiso correspondiente de la Dirección de Obras Públicas Municipales y/o que violen las características determinadas en el mismo III. Vigilar que la apertura de calles y caminos cumpla con las dimensiones mínimas (seis metros de arroyo vehicular y un metro para construcción de banqueta a cada lado IV. Expedir licencias para la conexión de casas habitación, locales comerciales u otras construcciones, al sistema de drenaje sanitario y agua potable V. Expedir constancias de alineamiento VI. Ser partícipe en el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM), en lo concerniente a la asesoría para la priorización de las obra |
Servicios Municipales | Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo | Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo , Art. 119 | I. Conservar en buen estado las calles, plazas, jardines y establecimientos públicos II. Administrar, conservar y dar mantenimiento a los transportes colectores de basura III. Instalar y conservar plantas tratadoras, rellenos sanitarios y basureros IV. Administrar los espacios destinados a la compra venta de ganado en pie y en canal; V. Coordinar y planear el mantenimiento del alumbrado público, proveyendo lo necesario para el ahorro de energía y elaborar el censo de luminarias en el Municipio VI. Vigilar, conservar y equipar los parques y lugares públicos de recreo, así como, procurar que estos lugares sean un ornato atractivo para la población, estableciendo programas de riego, poda, abono y reforestación, así como el retiro de los árboles riesgosos para las personas, los bienes o la infraestructura urbana VII. Administrar y controlar las concesiones de terrenos para inhumacion. |
Ecología y Medio Ambiente |
Ley Organica Municipal para el Estado de Hidalgo. Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente Publicado en el Diario Oficial de la Federación (LGEEPA) Ley para la Protección del Medio Ambiente del Estado de Hidalgo. Bando de Gobierno y Policia del Municipio de Tasquillo |
Articulo 56, 57, 60, 118 BIS. Articulo.8 Articulo 8, 155. Articulo 212. |
1. Protección, Conservación y Restauración del Medio Ambiente. 2. Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento de esta materia. 3. Otorgar licencias y permisos para construcciones conforme a las leyes de la materia, así como, de funcionamiento para la industria y los servicios, en las materias de salud, ecología, seguridad pública, protección civil, asentamientos humanos, desarrollo urbano y regional. |
Desarrollo Económico |
Ley de Desarrollo Agricola Sustentable para el Estado de Hidalgo. Ley del desarrollo Pecuario del estado de Hidalgo |
Toda la Ley. Toda la Ley.
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I.- Definir e instrumentar estrategias y acciones de fomento y competitividad, así como las bases para su implementación, que impulsen el desarrollo económico del Estado II.- Facilitar y respaldar la apertura de nuevas Unidades Económicas, así como mantener y mejorar las condiciones de las ya existentes, a fin de asegurar una mayor competitividad, un crecimiento sostenido y un desarrollo sustentable, en concordancia con las disposiciones Estatal, Federal y Municipales en la materia III.- Fomentar la inversión productiva en las actividades económicas Estatales, entre otras: La Industrial, agropecuaria, forestal, comercial, turística, minera, artesanal, de abasto, logística y de servicios, mediante el diseño e instrumentación de políticas públicas, programas, apoyos y estímulos, que respalden la modernización y competitividad sectorial y regional del Estado. IV.- Promover el crecimiento y desarrollo sustentable de los distintos Municipios y regiones de la Entidad. |
Turismo |
Ley Organica Municipal del Estado de Hidalgo. Ley de Turismo Sustentables. Ley de Turismo. Norma Oficial Mexicana. |
Art. 26, Art. 57 XXIII. Art. 26, Art. 57 XXIII. Toda la Ley NOM-07-TUR-2002, NOM-010-TUR-2011 |
1. Promover la instalación de módulos de información turística 2. Promover los atractivos turísticos del municipio, en medios de comunicación, ferias, congresos y demás espacios en los que se puedan promocionar éstos 3. Promover el diseño y elaboración de material que promocione los destinos turísticos del municipio, tales como trípticos, folletos, revistas, etcétera 4. Realizar el diagnóstico turístico municipal 5. Proponer las estrategias de capacitación de los servidores turísticos y de los prestadores de servicios turísticos 6. Impulsar y evaluar la prestación de los servicios turísticos que se realizan en el municipio |
Unidad de Transparencia |
Ley Organica Municipal para el Estado de Hidalgo, Capitulo Tercero art. 26, Constitucion Politica, Art. 6 y 4-bis LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO |
Ley Organica Municipal para el Estado de Hidalgo, Capitulo Tercero Art. 26, Constitucion Politica, Art. 6 y 4-bis. CAPÍTULO III DE LAS UNIDAD DE TRANSPARENCIA Art. 41 |
Los Ayuntamientos como sujetos obligados, de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos, atendiendo en todo momento lo preceptuado por el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 4-bis de la Constitución Política del Estado y la Ley de Transparencia mencionada. |
Comunicación Social |
Ley General de Comunicación Social. Ley organica Municipal para el Estado de Hidalgo. |
Art.4 Art. 8
Ley Organica Municipal para el Estado de Hidalgo Art 162. |
I. Establecer los lineamientos generales para la planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública del Municipio. II. Supervisar las actividades de comunicación social, la programación de contenidos, ampliación de cobertura, y propuesta de contratos o convenios relacionados con las actividades que involucren a los medios de comunicación. |
Informática | Ley organica Municipal para el Estado de Hidalgo | Ley Organica Municipal para el Estado de Hidalgo | 1. Ser la responsable de la implantación, configuración y administración de la Red Municipal. 2. Mantener la compatibilidad de los programas y equipos con que cuenta la Administración Pública Municipal. 3. Preservar el acervo informático propiedad del patrimonio municipal. 4. Dar mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos propiedad del patrimonio municipal. |
Consulta la información disponible en PNT
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Ejercicio |
Periodicidad/formato |
Primer Trimestre | Segundo Trimestre | Tercer Trimestre |
Cuarto Trimestre
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2023 | Trimestral/a69_f_03 |
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2022 | Trimestral/a69_f_03 |
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Fecha de validación | Área responsable de la información |
Fecha de actualización
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12/10/2023 | Contraloria Interna |
30/09/2023
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